El calendario de inmunizaciones reconoce el derecho al acceso a 20 vacunas para la población. Ha sido destacado por la Organización Panamericana de la Salud. Las vacunas se aplican en los vacunatorios, centros de salud y hospitales públicos del país.
El calendario oficial de inmunizaciones de la Argentina, que ha sido destacado por la Organización Panamericana de la Salud como “uno de los más completos y avanzados” de América, incluye 20 vacunas, que son gratuitas y se aplican en los vacunatorios, centros de salud y hospitales públicos.
Gracias a este, la población accede a las inmunizaciones para evitar un conjunto de enfermedades prevenibles que pueden ser graves y mortales. Dentro del calendario, se encuentran las vacunas para prevenir la tuberculosis, hepatitis A y B, difteria, tétanos, tos convulsa, meningitis, varicela, sarampión, y la infección por la bacteria Haemophilus influenzae tipo b (Hib), que puede causar enfermedades como otitis, neumonía y meningitis, entre otras.
Así, no solamente se protege al individuo, sino que también se evita la transmisión a las familias y a otras personas. Además, el sistema sanitario ahorra gastos en tratamientos para las enfermedades. La gratuidad de las vacunas y del acceso a los servicios de vacunación están garantizados por ley y el Estado argentino tiene la responsabilidad de mantener actualizado el Calendario Nacional de Vacunación.
Además, esta legislación contempla la vacunación obligatoria para el personal de salud y de laboratorio, favorece la gestión de la autoridad sanitaria para la exención de los impuestos a las vacunas y da fuerza de ley a las entidades asesoras externas, como la Comisión Nacional de Inmunizaciones y la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas.
En el ingreso a la escuela primaria y secundaria es obligatorio presentar el carnet de vacunas. También se puede requerir en el ingreso a la universidad, en el examen pre laboral y en los controles periódicos. Con la vigencia de la nueva ley, ir a vacunarse o acompañar a un menor a cargo para que reciba la inmunización puede ser justificación de inasistencia laboral, previa coordinación con el empleador.
Los integrantes del equipo de salud y educación deben notificar si se vulnera el derecho a la vacunación de los niños, niñas o adolescentes o si un adulto decide no vacunarse, para que la jurisdicción trabaje con un equipo multidisciplinario con el objeto de favorecer el cumplimiento de la ley.
En el calendario se especifica cuáles son las vacunas obligatorias según la edad o situación particular. En el caso de las embarazadas, deben recibir la vacuna triple bacteriana acelular (una dosis en cada embarazo, después de la semana 20 de gestación), y la vacuna antigripal: (una dosis, en cualquier trimestre de la gestación). Para los recién nacidos, se debe garantizar el acceso a las vacunas contra la hepatitis B (una dosis dentro de las primeras 12 horas de vida), y contra la tuberculosis (BCG).
Durante el primer año de vida, los bebés deben iniciar diferentes esquemas. Por ejemplo, a los 2 meses, deben recibir la vacuna contra rotavirus. También a esa edad los bebés deben recibir la primera dosis de la vacuna pentavalente conjugada (que es una vacuna combinada que protege contra 5 enfermedades: difteria, tos convulsa, tétanos, Haemophilus influenzae tipo b y hepatitis B) y la vacuna contra el neumococo.
Finalmente, según la edad y ciertas comorbilidades, para algunos adultos es recomendable recibir otras vacunas, como la que previene la neumonía o la gripe. Ante cualquier duda, para conocer si se está al día o si se debe recibir alguna en el futuro cercano, es recomendable la visita al médico de cabecera.
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Toda esta información tiene por objetivo contribuir a la concientización y al conocimiento por parte de la comunidad sobre diversos temas vinculados al cuidado de su salud. Sin embargo, bajo ningún punto de vista intenta reemplazar el diálogo médico-paciente, que es uno de los espacios más valiosos para conocer en profundidad sobre éste y muchos otros temas, preservar la salud como estado de bienestar general, prevenir el desarrollo de enfermedades, acceder al adecuado diagnóstico de determinados cuadros e iniciar el tratamiento que el profesional de la salud sugiera y consensue con el paciente.